TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la si- guiente O R D E N A N Z A Nº 25 ------------------------------- ARTICULO 1º.- La totalidad de los trámites y certificados a que hace referencia el De- ------------------ creto-Ordenanza de fecha 30 de setiembre de 1966, sobre Libreta Sanitaria, serán cubiertos por la Municipalidad de Balcarce, resultando totalmente gratui- tos para el solicitante, con excepción del derecho de oficina establecido en el Capítulo XI -art. 43-Inc. 49 de la Ordenanza Fiscal vigente.----------------------------------------- ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a incluir el importe que demande ------------------ el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, en el Presupues- to General de Gastos para 1974, si no estuviera contemplado en el correspondiente al corriente año.--------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3º.- La totalidad de los trámites, incluso los administrativos, que demande ------------------ el otorgamiento de la Libreta Sanitaria, se centralizarán en el Hospital Municipal "Dr. Felipe A.Fossati" y en el Hospital de Balcarce, luego de su inauguración, debiendo el Departamento Ejecutivo realizar las previsiones administrativa s y financieras que fueren necesarias.------------------------------------------------------------------- ARTICULO 4º.- Suspéndese la aplicación de las multas previstas por infracción a lo ------------------ dispuesto en el Decreto-Ordenanza referido en el artículo 1º por un plazo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha en que el D.E. regularice la pres- tación del servicio gratuito instituído por la presente Ordenanza.------------------------- ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.--------------- ------------------ Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a veintiún días del mes de setiembre del año mil novecientos setenta y tres. FIRMADO: Luis C. Buonassisi - Presidente; María Elena Paganini - Secretaria.------------------------------------------